El riesgo de los “infraseguros” en contextos de inflación

A raíz de los altos niveles de inflación y la pérdida de poder adquisitivo, resurge el problema de los casos de siniestros con “infraseguros”. Es decir, aquellos casos en los que las sumas aseguradas son inferiores a los valores reales de los bienes que se protegen.

Frente a esta situación, es de suma importancia que PAS y clientes hagan una revisión de las pólizas y, en caso de que corresponda, realicen una actualización de las sumas aseguradas. En este sentido, es importante que se respeten los valores de mercado, tanto para las renovaciones de las pólizas como para la contratación de nuevos seguros. Asimismo, deben contemplarse cláusulas de estabilización de suma asegurada adecuadas.

Estas son algunas acciones básicas que deberían considerarse sin entrar en detalle sobre las particularidades de cada caso, ya que son los Productores Asesores de Seguros quienes conocen las necesidades de sus clientes y las condiciones de contratación de cada uno.

Reducción de gastos del asegurado y responsabilidad del PAS

Frente a los altos niveles de inflación y a la pérdida del poder adquisitivo, es común y razonable que las personas procuren reducir sus gatos y ajustar el presupuesto familiar.

En este contexto, es posible que los clientes busquen reducir los gatos de seguro, o al menos, evitar los aumentos de prima que implica la actualización de la suma asegurada para evitar el infraseguro.

Y es por ello que a muchos PAS le preocupa que, en función de esta búsqueda de reducir gastos, sus recomendaciones como Asesor sean desoídas por un asegurado deseoso de pagar menos, y como consecuencia de ello no quiera actualizar las sumas aseguradas de sus pólizas, o quizás le pida migrar de coberturas amplias hacia coberturas más restrictivas o le pida cambiar de aseguradora por otra más barata, pero con peores indicadores de mercado (SSN) que los de la aseguradora que ya tiene.

Por supuesto que, por la característica aleatoriedad de los seguros, si el asegurado no sufre ningún siniestro no habrá problemas ni para el asegurado ni para el PAS.

Pero si, desafortunadamente, se produce un siniestro y el asegurado no es indemnizado o es indemnizado parcialmente, surge la posibilidad de que responsabilice al PAS por no haberlo asesorado correctamente.

En ese sentido, la Ley 22.400 establece una serie de obligaciones del PAS respecto del asegurado, que se resumen en la obligación de asesorarlo adecuadamente.

La prueba del asesoramiento

A los efectos de cubrir su responsabilidad en los tiempos de inflación que nos toca vivir, el PAS debe asesorar a sus asegurados sobre la importancia de determinar correctamente las sumas aseguradas, las mejores opciones de cobertura y sobre los indicadores de mercado de las distintas compañías, tal como venimos señalando.

No obstante, puede suceder que el asegurado, aún advertido de los riesgos de una deficiente contratación, no quiera pagar los seguros que realmente necesita. O prefiera contratarlos con una aseguradora que no recomienda el PAS.

En esos casos siempre es aconsejable que el PAS deje constancia de su asesoramiento por escrito, por ejemplo, comunicando al cliente mediante mail que su póliza ha caído en infraseguro, o explicando las consecuencias de un cambio de cobertura o de compañía.

De esta manera, el PAS tendrá un instrumento para probar la negativa del cliente a seguir su asesoramiento como PAS y tener herramientas para evitar, no solo el reproche judicial, sino que podrá defenderse del descrédito de una injusta acusación del asegurado que diga “no es mi culpa lo que me pasó sino que fue mi PAS quien no me avisó”.

Seguínos en las Redes Sociales: