Tráileres: uso obligatorio de patente o placa identificatoria

Estimadas/os PAS:

Queremos recordarles que a partir del 1° de noviembre y según lo establecido por la Disposición del Poder Ejecutivo Nacional (DI-2021-73-APN-DNRPA), los tráileres o pequeños acoplados que se utilizan para transportar pequeñas embarcaciones deportivas, motos, equipajes, casas rodantes y food trucks, deben contar obligatoriamente con una chapa patente o placa metálica que los identifique, vinculada al dominio del vehículo tractor o de remolque.

De esta manera, queda prohibido el uso de las Patentes 101 a partir de la fecha.

Con respecto a la disposición del Registro Automotor y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la misma establece que las multas a los infractores se aplicarán a partir del 1° de abril de 2022. Esto no significa que se postergue la aplicación de la norma sino que durante los próximos cinco meses se realizará un “plazo de adecuación” que consistirá en inspecciones en la vía pública donde los infractores serán notificados pero no multados.

Algunas compañías aseguradoras, como RUS y Mercantil Andina, ya se han pronunciado indicando que durante este plazo de adecuación acompañarán la resolución, permitiendo los formatos de ambas patentes. Seguramente en los próximos días se irán sumando más compañías.

Esperamos que la presente información les haya sido de utilidad.

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