
Comienza el periodo vacacional y muchas personas se preguntan sobre la documentación obligatoria que deben reunir para circular en sus vehículos, entre ella, la referida al seguro automotor.
Por ello, informamos que si, es obligatorio llevar en el auto el comprobante del seguro vigente que te da la compañía de seguros. No es necesario que tengas el último recibo de pago del seguro.
Para más información, podés consultar la siguiente legislación:
Ley 24.449. Ley de Tránsito, Arts. 40 inc. c y 68.
Decreto 779/1995, Anexo I, Título VI, Art. 40 Inc. c.
